POLÍTICA DE TRANSPARENCIA

Política de transparencia

La actividad profesional de las Corredurías de Seguros se encuentra regulada en el Real decreto ley 3/2020, que traspone la Directiva (UE) 2016/97 sobre la distribución seguros y de más normativa reglamentaría, garantizando así la protección de los derechos de los clientes.

Para su conocimiento y a los efectos legalmente previstos, le informamos que este sitio web es propiedad del siguiente mediador:

  • Titular: Farré & Farré correduría de Seguros, S.L
  • Domicilio social: Plaza de l´estación n.º 4 bis bajos de Vilafranca del Penedés (CP 08720) Barcelona, España
  • CIF: B59987321
  • Inscrita al Registro Mercantil de Barcelona, folio 0061, tomo 21851, hoja número 28182, inscripción 1ª
  • Inscrita en el Registro Administrativo Especial de Mediadores de Seguros y sus Altos Cargos con el número de clave J-352
  • Subscrita póliza de Responsabilidad Civil Profesional y dispone de la capacidad financiera legalmente establecida, todo esto en cumplimiento del dispuesto en el Real decreto ley 3/2020, que traspone la Directiva (UE) 2016/97 sobre la distribución de seguros y de más normativa reglamentaría.
  • Cuenta con un departamento de atención al cliente externo, encargado de atender sus quejas y reclamaciones, por correo electrónico a info@solventoconsulting.com y por escrito a Servicio de Atención al Cliente c. Aragón n.º 208 piso 6 puerta 5 de 08011 Barcelona. Para mayor información puede dirigirse a cualquier empleado de la Correduría, todo esto en conformidad con el dispuesto a la Orden del Ministerio de Economía ECO/734/2004 de 11 de marzo.
  • Tiene establecido el tratamiento de sus datos de carácter personal, en conformidad con el previsto en la normativa en materia de Protección de Datos de Carácter Personal.
  • Teléfono: 938 902 830
  • E-mail: vilafranca@corredoriafarre.com 

En conformidad con el Real decreto ley 3/2020, que traspone la Directiva (UE) 2016/97 sobre la distribución de seguros y otras normativa reglamentaría, (y en nuestra calidad de Correduría de Seguros), manifestamos que las ofertas efectuadas y presentadas, base de la póliza/es de referencia y/o de la/se posible/s notificación/es, son consecuencia de nuestro asesoramiento independiente, a partir del análisis objetivo de seguros del mismo ramo efectuado en diferentes entidades aseguradoras, y que es, según nuestro criterio profesional, la que mejor se adapta a las necesidades manifestadas y la suya elige definitiva, teniendo en cuenta, tanto la información aportada, como nuestra experiencia, y con una aseguradora especializada en este tipo de seguros.

A consecuencia del que dispone el Real decreto ley 3/2020, que traspone la Directiva (UE) 2016/97 sobre la distribución seguros y de más normativa reglamentaría, el Tomador, autoriza a la Correduría a analizar las coberturas y a solicitar en su nombre un nuevo contrato sobre el riesgo asegurado, en el supuesto de que por cualquier circunstancia, el que se subscribiera fuera anulado unilateralmente por la Aseguradora, y también autorizando a la correduría a realizarlo en caso de mejora en precio y/o coberturas.

“Farré & Farré Corredoria de Seguros, SL” le informa igualmente del contenido del Arte. 21 de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguros en virtud del cual, las comunicaciones de la correduría a la aseguradora en su nombre, tendrán los mismos efectos que si las realizara usted (Tomador del seguro).

A continuación reflejamos los aspectos más importantes de nuestra actividad:

  • Los criterios que utilizamos para la selección y comparación de los productos de las aseguradoras son los siguientes:

Realizamos un análisis de los seguros presentes al mercado, comparando sus coberturas y exclusiones, todas sus condiciones, así como las primas de seguros, seleccionando aquellas que proporcionan los contratos más adecuados para satisfacer las necesidades e intereses de nuestros clientes.
En la hora de realizar este análisis, valoramos los procesos internos de las entidades aseguradoras, tanto en la contratación como en la gestión de contratos, prestando especial atención a los procedimientos que tienen en marcha para la gestión de siniestras (valoración, profesionalidad, tiempo de respuesta, liquidaciones económicas, …)

  • La relación con las aseguradoras derivadas de la actividad, se rige por pactos que libremente acordamos sin que puedan afectar nuestra independencia como mediadores. Los contratos mercantiles que firmamos con las aseguradoras se denominan «Cartas de Condiciones».

Las aseguradoras con las que trabajamos y los productos que ofrecen son prácticamente todas ellas, siente las principales: Segurcaixa Adeslas, Allianz, Arag, Asefa, Asisa, can Life, DAS, DKV, Fiatc, Liberty Seguros, Mapfre, Helvetia, Hiscox, Markel, MMT, Mussap, Ocaso, AIG, Plus ultra, Previsión Mallorquina, Sanitas, Zurich, Reale, Catalana Occidente etc.

  • Nuestra relación con las aseguradoras mencionadas es de pago, y consiste en una comisión sobre las primas contratadas.
  • El precio del seguro o prima que te ofrece al final del proceso de asesoramiento está garantizado por el asegurador en los términos a que se refiere el artículo 6 de la Ley de contratos de seguro, por lo tanto, durante quince días se mantendrá como propuesta u oferta de seguro

Nosotros, como mediadores, no garantizamos directamente la prima ofrecida.

  • Revisamos y actualizamos esta información con una base mínima anual.